Programa de Activación para el Empleo.

En esta nueva próroga, la ayuda de 426 euros la cobrarán los inscritos como demandantes de empleo en el SEPE a fecha 1 de abril de 2016.

El nuevo Real Decreto-ley 1/2016, de 15 de abril, por el que se prorroga el Programa de Activación para el Empleo (en vigor desde el 16 de abril de 2016), sólo supone dos modificaciones sobre la norma reguladora (Real Decreto-ley 16/2014, de 19 de diciembre, por el que se regula el Programa de Activación para el Empleo): Los aspectos sobre las fechas de inscripción como demandantes de empleo (letra b) del apartado 1 del artículo 2) y los requisitos temporales para el acceso a la prestación (apartado 1 del artículo 4)

Fechas de inscripción

Para ser admitidos en el programa y obtener el reconocimiento de la ayuda económica de acompañamiento, las personas desempleadas deberán presentar la solicitud de incorporación al programa entre el 16 de abril de 2016 y el 15 de abril de 2017. La solicitud deberá presentarse, conforme al modelo que se determine, en la oficina de prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal que corresponda a la persona desempleada. La solicitud deberá acompañarse de la documentación acreditativa de que se reúnen los requisitos recogidos en el artículo 2 del Real Decreto-ley 16/2014, de 19 de diciembre, por el que se regula el Programa de Activación para el Empleo, y contendrá el compromiso de actividad que deberá suscribirse por el solicitante.

Requisito

Estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo competente a fecha 1 de abril de 2016. Este requisito se entenderá cumplido en los supuestos en que el trabajador, aun no estando inscrito como demandante de empleo en dicha fecha, tenga interrumpida la inscripción debido a la realización de un trabajo por cuenta ajena, siempre que la duración del contrato haya sido por tiempo inferior a 90 días.

Novedad

Se rebaja del 20 por 100 al 18 por 100 el umbral de la tasa de paro para asegurar la próxima prórroga automática del Prepara